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Acuerdos prenupciales

Redactamos de forma personalizada el contrato previo al matrimonio. Asesoramos confidencialmente sobre las opciones para el Régimen Patrimonial: Comunidad de ganancias o Separación de los bienes.

Asesoramiento legal en Acuerdos prenupciales

Acuerdos prenupciales

El acuerdo prenupcial es un contrato que se celebra entre los futuros cónyuges, de manera previa al matrimonio. Su función es regular las cuestiones económicas, permitiendo:

  • Detallar e inventariar los bienes con que cada contrayente llega al matrimonio.
  • Enunciar las deudas que cada uno tiene.
  • Expresar la opción sobre el Régimen Patrimonial del Matrimonio.

Este contrato se realiza mediante Escritura Pública. Solo tiene efectos si el matrimonio se celebra y no es anulado.

Preguntas frecuentes

¿Qué régimen de bienes rige en el matrimonio?

Los cónyuges pueden optar por dos regímenes patrimoniales: el de comunidad de ganancias (el que rige automáticamente si no se elige otro) o el de separación de bienes. En la comunidad de ganancias, lo que cada uno tenía antes de casarse sigue siendo propio, pero las ganancias obtenidas durante el matrimonio se reparten por igual al finalizar. En la separación de bienes, cada cónyuge administra y dispone libremente de su propio patrimonio y responde solo por sus propias deudas. La elección se hace antes de la boda mediante una convención matrimonial por escritura pública.

¿Se puede cambiar el régimen patrimonial después de casarse?

Sí. Después de un año de aplicarse un régimen, los cónyuges pueden cambiarlo por otra convención hecha también por escritura pública. Para que el cambio sea oponible frente a terceros (por ejemplo, un banco o un acreedor) debe anotarse al margen del acta de matrimonio. En ambos regímenes, de todos modos, hay protecciones que no se pueden dejar de lado, como la necesidad del asentimiento del otro cónyuge para disponer de la vivienda familiar.

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Información general. El contenido reproduce la información institucional del Estudio y no reemplaza el análisis profesional de un caso particular.

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